Murcia, 13 ene (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que confirmó la pena de 18 años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial por el asesinato de un vecino en Puerto Lumbreras en septiembre de 2021.
La sentencia del Alto Tribunal señala que el ahora apelante, David V.P., acabó con la vida de su vecino “por sorpresa y a traición”, por lo que los hechos constituyen el delito de asesinato por el que fue condenado por la Audiencia tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.
La sentencia de la Audiencia, de mayo de 2023 declaró probado que el acusado, armado con un cuchillo de 17 milímetros de hoja “y muy afilado”, aguardó escondido en una calle a la víctima y cuando este llegó se le acercó por la espalda y le clavó el cuchillo.
Con esa arma blanca, continuaba el relato de hechos probados, le asestó dos puñaladas, una de las cuales llegó al corazón y causó su muerte escasas horas después en el hospital al que había sido trasladado.
En su recurso ante el TS expuso que no existió alevosía, por lo que los hechos no podían ser considerados como asesinato, y, además, señaló que la pena, no obstante habérsele aplicado la atenuante de drogadicción, resultaba desproporcionada.
En cuanto a esto último, el Alto Tribunal declara que la pena estuvo ajustada a derecho, y en cuanto a la alevosía, señala que esa circunstancia está probada por la forma en que se produjo el ataque, por sorpresa y sin que la víctima pudiera defenderse.
La sentencia de la Audiencia Provincial, confirmada primero por el TSJRM y ahora por el Tribunal Supremo, condenó al autor del crimen a pagar indemnizaciones a la viuda y a los cuatro hijos del fallecido que suman 385.000 euros. EFE
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