ANMAT canceló la venta de dos aceites de oliva por irregularidades

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de dos marcas de aceite de oliva, productos de pelo dado que son peligrosos para la salud de los consumidores al registrar falta de inscripción ante la autoridad sanitaria y falencias en los registros.

La marca de aceite que presentó falencias en el rotulado y en los registros sanitarios del aceite de oliva extra virgen Campos de Arauco – Oliva. Mediante el Boletín Oficial, el producto quedó prohibido su producción, fraccionamiento y venta.

El producto quedó cancelado a través de la Disposición 6677/2025 después de una investigación enviada por un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la autenticidad del producto, que se presentaba en envases de 500 ml y exhibía datos como RNPA N° 03004315-8 y RNE N° 03000166, con domicilio declarado en Pomán, Catamarca.

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Luego del envío de los documentos correspondientes, la Dirección de Prevención, Vigilancia y Coordinación Jurisdiccional del INAL definió que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) impreso en la etiqueta está vencido y pertenece a otro alimento de distinta razón social.

Por otro lado, se detectó que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado corresponde a una firma válida y activa, pero de un productor ajeno al producto investigado, que negó cualquier vinculación con el aceite en cuestión. De este modo, avisaron que el aceite de oliva mencionado no tiene requerimientos en la Ley 18284 y el Código Alimentario Argentino, no cuenta con registros sanitarios válidos y contiene información no verídica en su empaque, por lo que es un producto ilegal.

La ANMAT prohibió también la venta del Aceite de Oliva Virgen Extra marca Arauco – Artesanal de La Rioja luego de que se registró que el producto tenía registros sanitarios inexistentes y no tenía autorización oficial.

La Disposición 6678/2025 se originó a partir de una consulta presentada por un particular ante el INAL, que detectó que el producto infringía la normativa alimentaria vigente al mostrar en su rótulo los números de registro sanitario RNP 19012011 y RNE 09052008.

En el marco de la investigación, la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja, la Dirección de Saneamiento y Bromatología de Formosa y el área de Bromatología de San Luis confirmaron que los registros mencionados no existen ni fueron habilitados en ningún momento. A su vez, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL informó el caso en el Sistema Federal de Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) y determinó que el etiquetado del producto contiene información falsa, lo que lo convierte en un alimento ilegal.

MC/ff

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