La Corte Suprema de Santa Fe ratificó su competencia en el tema previsional

El tribunal supremo de la provincia rechazó un recurso extraordinario del gobierno provincial para llevar el caso de la ley de emergencia previsional ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En el acuerdo de este viernes, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó un recurso extraordinario presentado por la representación de la Provincia de Santa Fe para llevar el caso de la ley de emergencia previsional ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Por amplia mayoría, el tribunal supremo de la provincia no convalidó una presentación del gobierno provincial para recusar a ministros ante planteos de la vigente ley de emergencia previsional. El ministro Baclini expuso disidencias parciales.

La Corte de Santa Fe cerró el camino para que la Provincia apele ante la Corte Nacional, ratificando el rechazo a la recusación de sus ministros y confirmando que seguirán interviniendo en la causa sobre la reforma jubilatoria. No obstante, la Provincia podría acudir en queja en forma directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El pronunciamiento de este viernes, en la causa Paleari, María Delia y otros contra Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia, versó sobre la pretensión de la provincia de apartar a varios ministros de la Corte (Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler y Rubén Weder) en el marco de una causa donde se discute la constitucionalidad de la última reforma previsional (Ley 14.283).

La Provincia argumentó que estos jueces tienen un «interés directo y patrimonial» en el caso, ya que los topes en los haberes jubilatorios dispuestos por la reforma previsional afectarían directamente el cálculo de sus propias jubilaciones. En su exposición, los abogados de la provincia expusieron falta de imparcialidad de los ministros aduciendo que los mismos jueces cuestionados votaron para rechazar su propio apartamiento, violando el principio de que «nadie puede ser juez en su propia causa».

Pese a que el rechazo de una recusación es un trámite procesal y no implica el final del juicio, la Provincia afirmó que debía equipararse a una «sentencia definitiva» porque causa un daño irreversible al debido proceso. En el planteo de los abogados del estado santafesino se afirmaba que el caso pone en riesgo la sustentabilidad y el financiamiento del sistema previsional de la provincia.

Este viernes, la Corte santafesina, por mayoría, decidió no conceder el pase a la Corte Nacional basándose en varios puntos, entre ellos el incumplimiento de requisitos formales. Se afirmó que el recurso no cumple con el reglamento de la Corte Nacional donde el rechazo de una recusación es una cuestión procesal y no es una sentencia definitiva. Los ministros consideraron que los agravios de la Provincia son solo discrepancias con el criterio del tribunal y no cuestiones federales válidas.

La mayoría del tribunal rechazó la idea de que los jueces actúen por un «interés egoísta patrimonial» y ratificó que la imparcialidad de los magistrados se presume. Además, citaron un precedente reciente de la Corte Nacional (Consejo Interuniversitario Nacional) para justificar que un interés general en un colectivo no anula la imparcialidad. Señalaron que la Provincia ya conocía la situación jubilatoria de los jueces desde antes y consintió su intervención en fallos anteriores; por lo tanto, el reclamo se hizo tarde. También defendieron la aplicación de una cláusula (mutatis mutandi) para extender esta decisión a más de 150 causas similares de forma automática, evitando así una parálisis masiva del sistema judicial.

El ministro Baclini votó en contra de la mayoría y estuvo a favor de conceder el recurso a la Provincia. Su argumento fue que, por la gravedad del asunto (el diseño y la sustentabilidad del sistema previsional) y para asegurar la garantía de imparcialidad, correspondía hacer una excepción a las reglas formales y dejar que la Corte Suprema de la Nación resolviera el conflicto.

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