El Juzgado Federal N° 2 de Rosario declaró inadmisible la acción presentada por el diputado nacional Agustín Rossi al considerar que el planteo era conjetural y no acreditaba una lesión concreta.
El Juzgado Federal N° 2 de Rosario rechazó una acción de habeas data colectivo y preventivo presentada por el diputado nacional Agustín Rossi contra el Estado Nacional, vinculada al denominado «Gemelo Digital Social» anunciado por el Ministerio de Salud de la Nación.
La resolución fue dictada por la conjueza federal Natalia Analía Martínez en los autos «Rossi, Agustín Oscar. c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional – Ministerio de Capital Humano s/ habeas data». En su fallo, la magistrada consideró que «el planteo es meramente conjetural» al no haberse acreditado una base de datos operativa, un tratamiento concreto de información personal ni una lesión actual o inminente.
Rossi había solicitado que se obligue al Estado a informar si se encuentra en desarrollo un sistema de integración masiva de datos mediante inteligencia artificial, así como la suspensión inmediata de cualquier tratamiento automatizado y la declaración de inconstitucionalidad del programa. El diputado señaló que el anuncio estatal era vago y que no existía información pública suficiente sobre el alcance del sistema.
El juzgado recordó que el artículo 43 de la Constitución Nacional y la Ley 25.326 habilitan el habeas data para conocer datos personales en registros o bancos de datos, pero sostuvo que en este caso no se había demostrado una afectación concreta. «No estamos en presencia de una causa judicial o caso», señaló el fallo, en línea con lo dictaminado por el fiscal.
La sentencia agregó que la acción pretendía activar el control judicial sobre una política pública en etapa de diseño, sin que existiera un acto estatal concreto ni una implementación efectivamente acreditada. «El control jurisdiccional procede frente a actos concretos y no respecto de proyectos gubernamentales en etapa de elaboración», concluyó la resolución.
