El municipio de Santa Fe confirmó que desde el lunes 10 de agosto el valor de la Unidad Fija (UF) será de 2.092 pesos, lo que modifica los montos de las infracciones vigentes en la ciudad.
La Municipalidad de Santa Fe actualizó el valor de la Unidad Fija (UF), parámetro utilizado para determinar los montos de las infracciones tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882 y modificatorias). Desde el lunes 10 de agosto, la UF quedará en 2.092 pesos, según confirmaron fuentes municipales a El Litoral.
Este es el cuarto ajuste del año. El 1° de febrero la UF se fijó en 1.701 pesos; el 1° de abril en 2.045 pesos; el 1° de junio en 2.087 pesos; y ahora en 2.092 pesos. El incremento respecto de junio es de 0,24%, mientras que el acumulado en 2026 alcanza el 23%.
La Ordenanza N° 12.943, sancionada por el Concejo en 2024, otorga al Ejecutivo Municipal la potestad de actualizar la UF de forma bimestral, en función de los incrementos en el precio de los combustibles. La norma también establece que el valor de la UF equivale a un litro de nafta súper de la empresa YPF del ACA de Santa Fe, y que el municipio debe publicar ese valor en su sitio web oficial.
Según el Régimen de Infracciones y Penalidades, la mayoría de las contravenciones pueden abonarse en forma voluntaria con un descuento del 20% del monto impuesto, excepto las consideradas muy graves, como las picadas en la vía pública.
Multas graves
- Disputar carreras en la vía pública: de 2.500 UF (5.230.000 pesos) a 8.000 UF (16.736.000 pesos) e inhabilitación de 1 a 2 años.
- Exceder la velocidad máxima en 20 a 40 km/h: de 150 UF (313.800 pesos) a 1.500 UF (3.138.000 pesos).
- Exceder la velocidad máxima en más de 40 km/h: de 220 UF (460.240 pesos) a 2.200 UF (4.602.400 pesos).
- Conducir en estado de ebriedad, bajo efectos de tóxicos o con alcoholemia positiva: de 190 UF (397.480 pesos) a 2.000 UF (4.184.000 pesos) y/o inhabilitación de hasta 365 días.
- Usar telefonía móvil sin manos libres: de 50 UF (104.600 pesos) a 500 UF (1.046.000 pesos) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
- Circular en moto sin casco protector: de 50 UF (104.600 pesos) a 500 UF (1.046.000 pesos) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
Multas intermedias
- Estacionar en dársenas del SEOM sin registración: 11 UF (23.012 pesos).
- Estacionar en doble mano, mano prohibida, vereda, contramano o frente a garajes: de 15 UF (31.380 pesos) a 150 UF (313.800 pesos).
- Lavar vehículos en la vía pública: de 20 UF (41.840 pesos) a 200 UF (418.400 pesos).
Multas de menor rango
- No instalar cestos en altura para residuos domiciliarios: de 30 UF (62.760 pesos) a 120 UF (251.040 pesos).
- No eliminar yuyos o malezas en veredas o cinta verde: de 15 UF (31.380 pesos) a 150 UF (313.800 pesos).
- Entregar bolsas plásticas para acarreo de mercaderías en locales de productos alimenticios: de 80 UF (167.360 pesos) a 800 UF (1.673.600 pesos).
