El gobierno nacional simplificó la homologación de autos nacionales e importados y liberó el mercado de autopartes

El Decreto 796/2026, publicado en el Boletín Oficial, modifica la reglamentación de la Ley de Tránsito para reconocer certificaciones de seguridad de EE.UU., eliminar trabas a la importación de piezas y liberar el mercado de autopartes.

El gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Tránsito para reconocer de forma directa las certificaciones de seguridad de los Estados Unidos, eliminar trabas a la importación de piezas y liberar el mercado de autopartes. La medida fue instrumentada mediante el Decreto 796/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

El cambio normativo incorpora el sistema de autocertificación vigente en los Estados Unidos. A partir de ahora, Argentina validará de manera directa las homologaciones respaldadas por el documento «Blue Ribbon Letter», emitido por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) de EE.UU. Este documento certifica que el fabricante asume la responsabilidad del cumplimiento de las normas de seguridad activa y pasiva bajo las normas federales norteamericanas (Federal Motor Vehicle Safety Standards – FMVSS).

Con esta modificación, el Estado reconocerá dicha documentación como suficiente para acreditar las exigencias de seguridad locales, sin requerir ensayos o requisitos adicionales a los ya exigidos por la NHTSA. La correspondencia técnica de las unidades importadas se verificará de manera individual mediante el Número de Identificación Vehicular (VIN).

Para ser librados al tránsito público, todos los vehículos de producción seriada y 0 km deberán contar con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA). La LCM, vinculada a la seguridad activa y pasiva, será otorgada por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. La LCA, enfocada en emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones, será expedida por la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes.

El trámite se iniciará mediante una solicitud con carácter de declaración jurada por parte de la terminal o el importador. Se mantiene la validez de las homologaciones previas bajo normas reconocidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

El Decreto 796/2026 establece que todos los componentes, autopartes y piezas de repuesto destinadas a vehículos que se fabriquen o importen en el país serán de comercialización, producción e importación libre. No se requerirá ningún tipo de autorización previa para su ingreso o venta, quedando bajo responsabilidad de los fabricantes e importadores que cumplan con las especificaciones técnicas obligatorias vigentes.

Los importadores y terminales que homologuen vehículos bajo la «Blue Ribbon Letter» tendrán la obligación de informar inmediatamente a las autoridades argentinas cualquier sanción, investigación, campaña de retiro o defecto de fabricación que comunique la NHTSA. Ante medidas de dicho tipo, deberán replicar las mismas acciones correctivas en el mercado local. En caso de no hacerlo, se procederá a la suspensión o revocación de la homologación del modelo.

El decreto advierte que cualquier ocultamiento, omisión o falsedad de datos en las declaraciones juradas o documentación presentada será tipificado como falta grave, habilitando la aplicación de penalidades bajo la Ley de Defensa del Consumidor y el Decreto de Lealtad Comercial 274/2019, sin perjuicio de las correspondencias en los fueros civil o penal.

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