Una nota del fiscal regional de Rosario, Matías Merlo, avalada por la Fiscalía General, señala que el órgano fiscal puede formular una acusación sobredimensionada y luego reducir la pena en el marco de tratativas. El documento responde a un fallo que declaró inconstitucional la Instrucción General N.° 1/2025.
Un documento interno del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe, elaborado por el fiscal regional de Rosario, Matías Merlo, y avalado por la fiscal general, María Cecilia Vranicich, señala que el órgano fiscal «conserva la posibilidad de formular una acusación sobredimensionada y ofrecer luego, en el marco de las tratativas, una reducción sustancial de la pena pretendida».
El texto fue enviado a Vranicich y luego distribuido a los fiscales del MPA. En el documento, Merlo indica que la nota se origina ante «un pronunciamiento jurisdiccional que declaró inconstitucional e inaplicable la Instrucción General N.° 1/2025 dictada por esa Fiscalía General».
La instrucción cuestionada establece que los fiscales no acepten juicios abreviados por menos de dos tercios de la condena inicialmente pedida. El fallo que la declaró inconstitucional fue emitido por el juez Javier Beltramone durante una audiencia pública en Rosario, según consta en el acta del 26 de agosto pasado, bajo la expresión latina «OBITER DICTUM».
En el acta, Beltramone sostiene que esa «regla administrativa interna del MPA colisiona con el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal de Santa Fe, la Constitución Nacional y los Tratados internacionales en la materia».
El documento de Merlo, titulado «El juicio abreviado como negociación», utiliza por primera vez en la documentación interna del MPA la expresión «acusación sobredimensionada», con el aval de la conducción del órgano acusador, así como «tratativas» para una eventual «reducción sustancial».
El texto completo del párrafo citado es el siguiente: «El órgano fiscal conserva la posibilidad de formular una acusación sobredimensionada y ofrecer luego, en el marco de las tratativas, una reducción sustancial de la pena pretendida, con el consiguiente efecto sobre la libre determinación del imputado al momento de admitir su culpabilidad».
El documento, de circulación interna, fue elaborado en respuesta a las opiniones de un juez y aborda otros aspectos de la labor de los fiscales, según se desprende del texto.
