El Boletín Oficial de Santa Fe publicó este lunes 5 de octubre la promulgación de la ley 14.486, que prohíbe en todo el territorio provincial toda conducta o actividad relacionada al cuidado de vehículos en la vía pública. Para que la norma rija en Rosario, el Concejo Municipal deberá aprobar una ordenanza de adhesión.
El Boletín Oficial de Santa Fe correspondiente a este lunes 5 de octubre promulgó la ley 14.486, por la que se aprobó la prohibición en todo el territorio de la provincia de toda conducta o actividad relacionada al cuidado de vehículos en la vía pública.
Con esta normativa vigente en toda la provincia, en Rosario se deberá atravesar un paso fundamental. Como dicta la propia ley, es imprescindible que cada ciudad adhiera o no, total o parcialmente, y para ello es necesario que el Concejo Municipal apruebe una ordenanza al respecto.
En paralelo, el Palacio Vasallo tiene en carpeta varios proyectos de concejales de diversos bloques, como el edil libertario Juan Pedro Aleart, que había propuesto su prohibición, al igual que el edil socialista-pullarista Federico Lifschitz.
También quedaron en carpeta otras iniciativas de otras extracciones parlamentarias con una visión más inclusiva de la actividad: se había planteado desde un registro de trapitos hasta la formación de cooperativas, pasando por el aporte de una contribución regulada de los automovilistas.
Si se aprueba la media sanción en Senadores, la actividad de cuidacoches quedará prohibida con sanciones y hasta penas de arresto. El Concejo de Rosario deberá sancionar una ordenanza adhiriendo a la norma.
Foto: Municipalidad de Rosario.
A la espera
Lo que suena por los pasillos del Palacio de los Leones cada vez más fuerte es que el propio intendente Pablo Javkin enviará su propio proyecto de adhesión al Palacio Vasallo para su aprobación.
El Boletín tiene a la 14.486 en la cabecera y su promulgación lleva las rúbricas del propio gobernador Maximiliano Pullaro y también de su ministro de Gobierno, Fabián Bastía.
Cabe recordar que esta norma da un marco jurídico y normativo, pero hace falta un paso imprescindible: son los municipios y comunas quienes deberán adherir a la normativa de manera explícita y taxativa.
El 17 de septiembre pasado, el Senado santafesino aprobó el proyecto del senador por Rosario Ciro Seisas y con ello convirtió en ley la propuesta que fue modificada y «resistida» por sectores de Diputados que dilataron su tratamiento y hasta le introdujeron cambios. Todo ello, con el telón de fondo de una fuerte resistencia, entre otras instituciones del Arzobispado de Rosario, que a través de su obispo Eduardo Martín ya venía cuestionando la prohibición y había propuesto «regulación y ordenamiento de la actividad».
Diputados había ensayado la creación de cargos específicos en el Ministerio Público de la Acusación (MPA) para hacerse cargo de estas contravenciones. Sin embargo, la iniciativa no prosperó y se confirmó en la cámara alta el proyecto de Seisas.
Alcances
Cuidar un auto queda prohibido en todo el territorio santafesino, así dice la 14.486. Esto será una contravención con diferentes sanciones en forma gradual: ofrecer el servicio de cuidado, lavado o retribución de vehículos sin autorización en zonas prohibidas se penalizará con 2 a 10 días de trabajo comunitario y la prohibición de concurrir al lugar del hecho. En caso de reincidencia, se prevén penas de arresto de 10 a 20 días.
Y para abordar la problemática social, se crean acciones tendientes a dar respuesta desde el Estado a quienes están en situación vulnerable.
