El oficialismo incorpora restricciones de la Ley de Tierras al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

La Cámara de Diputados buscará firmar dictamen este miércoles para la sesión del 21 de octubre. El texto incluiría límites a la extranjerización de tierras y cambios en desalojos y expropiaciones.

El oficialismo de la Cámara de Diputados buscará firmar dictamen este miércoles al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que cuenta con media sanción del Senado. Según informó la agencia Noticias Argentinas, el dictamen incorporará restricciones presentes en la Ley de Tierras Rurales.

El propósito de esta estrategia es blindar el decreto 70/23 y flexibilizar los límites para la extranjerización de tierras. La sesión convocada por el oficialismo está prevista para el 21 de octubre e incluye también iniciativas sobre Discapacidad y sobreendeudamiento familiar.

En diálogo con El Litoral, el diputado nacional Nicolás Mayoraz había anticipado que, si bien el trámite se vio precipitado por los pronunciamientos de la Corte Suprema y las gestiones de la oposición para dejar sin efecto el DNU 70, «la voluntad del Ejecutivo desde el primer momento fue de discutirlo» en el Congreso. Y recordó que «de hecho, se mandó el proyecto de ley de Tierras dentro del proyecto de ley de Propiedad Privada».

El legislador santafesino aclaró entonces que «después de que ese capítulo se cayó en el Senado, es momento de que tomemos nota de las objeciones y comuniquemos mejor lo que queremos hacer». Esto en razón de que, a su entender, «no es un problema de soberanía. Es un problema de propiedad privada, la soberanía no se afecta. Eso tiene que quedar en claro: volver a discutir el tema, escuchar las propuestas de buena fe y hacer una ley que despeje todas las alarmas, incertidumbres y preocupaciones en algunos sectores que son legítimas, pero que se pueden atender».

Los cambios

Según da cuenta la agencia Noticias Argentinas, el dictamen de La Libertad Avanza y sus aliados respetaría los límites del 15% de tope a la extranjerización a nivel nacional, provincial y departamental, pero eliminaría el tope de 1.000 hectáreas en las zonas núcleo del país.

El propósito de la estrategia de recuperar una versión «light» de la Ley de Tierras es, por un lado, quitar incentivos a la oposición para voltear el decreto 70/23 en la sesión del jueves, y por el otro flexibilizar los límites para la extranjerización de tierras. Todo esto, mientras la Justicia se toma su tiempo para definir la cuestión de fondo sobre los planteos en torno a la derogación de la ley 26.737 del 2011.

Si bien el Gobierno está en contra de cualquier restricción a la compraventa de tierras rurales a extranjeros, dio un giro pragmático al darse cuenta de que era una batalla perdida socialmente, y que si insistía con la derogación de la norma, la oposición podía llevarse puesto no solamente la derogación de la Ley de Tierras sino el DNU 70/23 completo en la sesión de este jueves.

Para Mayoraz, derogar ese decreto sería «volver a la prehistoria», y vio la movida al respecto como «una excusa del kirchnerismo para hacer daño. No al gobierno, sino al país». En ese sentido, puntualizó que la eventual derogación tendría impacto en el mercado inmobiliario. «Desde que se derogó la nefasta ley de Alquileres hubo un aumento de la oferta en más de un 200 %, una baja del valor en más de un 26 %. Eso se ve en todas las provincias».

«Lo otro es el crédito para pymes. Hoy por hoy, para las pymes es mucho más fácil acceder al crédito, porque el DNU modernizó el régimen de los warrants o certificados de depósitos. Y en una provincia con perfil agrícola ganadero como la nuestra, el warrant se convirtió en una herramienta de crédito que no se estaba utilizando», añadió. Mayoraz apuntó también la cuestión aerocomercial, «que ha incidido en la cantidad de pasajeros internacionales» y la conectividad digital, que favoreció la apertura de ese mercado. «Entraron nuevos prestadores que hoy no estarían, impedidos por esos lugares oscuros de peajes burocráticos que impedían la competencia», completó.

Expropiaciones

El texto del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que quedó en pie tras el desguace que sufrió en el Senado aplica también cambios en el régimen de desalojos y en las expropiaciones. La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.

«Pueden ser objeto de expropiación los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la ‘utilidad pública’, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no», señala el texto. En cuanto a las indemnizaciones, el proyecto establece que el monto se determina por el valor objetivo del bien y no por el valor afectivo o las ganancias hipotéticas. El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante si está debidamente acreditado: el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor (IPC) del INDEC sumado a la tasa del Banco Nación a treinta días.

Desalojos

Sobre los desalojos, se determina como una acción a favor de sujetos con derecho legítimo afectado por ocupación de locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos. Para dar cumplimiento a esta finalidad, el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble usurpado u ocupado con tenedores precarios si «el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria». El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.

En el caso de desalojos por mora (es decir, cuando no hay una usurpación directa), luego de la intimación al pago los inquilinos tendrán un plazo de al menos 10 días para regularizar deudas antes de que el locador les pude iniciar la acción de desalojo, contando desde el momento que recibieron la notificación. La notificación será dirigida al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico; y se tomará como válida aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él. «Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley», se indica en el proyecto. En tal caso, la resolución judicial incluirá habilitación para «el uso de la fuerza pública en caso de necesidad, así como al allanamiento del domicilio y a la apertura de cerraduras».

Más allá de la regla general para los desalojos, se estipula en la ley un protocolo de vulnerabilidad que otorga un plazo máximo de 10 días para asegurar alternativa habitacional transitoria con intervención del Ministerio Público Tutelar cuando en la ocupación hayan menores, discapacitados o adultos mayores desamparados. Además, el proyecto admite por 90 días (prorrogable) lo que se denomina una «ocupación temporánea anormal» por única vez en circunstancias graves verificables de necesidad pública como emergencias sanitarias, conflictos armados y desastres naturales.

Por otra parte, el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada modifica la ley «Pierri» de regularización dominial para que puedan acceder a la escritura de esa vivienda única las familias que tengan una posesión pacífica demostrable a lo largo de los 10 años anteriores. «Gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pacífica, ostensible y continua durante diez (10) años (…) respecto de inmuebles (…) que tengan como destino principal el de vivienda única y permanente», se explica en la iniciativa.

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