Confirman la condena a 9 años y 6 meses para el asistente escolar Tadeo Azcurra

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe rechazó los recursos de la defensa y de la querella y ratificó la sentencia por abuso sexual con acceso carnal agravado contra una alumna de 7 años en la escuela Monseñor Macagno. La defensa denunció por falso testimonio a la directora técnica del Laboratorio Químico Forense.

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a 9 años y 6 meses de prisión impuesta a Tadeo Alejo Azcurra, asistente escolar acusado de abusar sexualmente de una alumna de 7 años en la escuela Monseñor Macagno. El tribunal rechazó de manera unánime los recursos de apelación presentados por la defensa y la querella.

La resolución fue dictada el 14 de octubre por los jueces Fernando Gentile Bersano, Oscar Burtnik y Jorge Andrés. El fallo ratificó la sentencia que el juez penal Lisandro Aguirre había dado a conocer el 3 de junio, tras seis jornadas de juicio oral y público con alrededor de veinte testigos.

Azcurra fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado de la educación de la víctima. El hecho ocurrió el viernes 19 de abril de 2024, cuando la niña cursaba tercer grado en el establecimiento.

Argumentos de la defensa y valoración de la prueba

La defensa, ejercida por el abogado Santiago Banegas, sostuvo que las imágenes de las cámaras de seguridad dejaban un margen temporal demasiado breve para que se concretara la secuencia denunciada y cuestionó que el cuarto de limpieza permitiera al acusado actuar sin ser advertido. La Cámara consideró que los registros fílmicos debían analizarse en conjunto con el resto de la evidencia.

Según la reconstrucción judicial, hubo un primer contacto entre Azcurra y la niña antes de que ingresara al baño, durante el cual el hombre le propuso participar de un juego. Luego, la alumna se dirigió hacia la dependencia de limpieza, ubicada en un sector no alcanzado por las cámaras.

La defensa también planteó contradicciones entre las dos entrevistas realizadas a la menor en Cámara Gesell, al señalar que en la primera no había referido el acceso carnal y que esa descripción apareció ocho meses después. El tribunal descartó que esa evolución invalidara el testimonio y señaló que la revelación de situaciones de abuso durante la infancia puede producirse de manera progresiva, en un contexto de temor, vergüenza y dificultades para comunicar lo sucedido.

Prueba biológica y cuestionamientos

Otro eje de la apelación fue la prueba biológica. La defensa cuestionó que, pese a haberse informado la presencia de espermatozoides en los hisopados bucales, los análisis genéticos posteriores no hubieran permitido identificar un perfil masculino. También invocó una eventual tasa de error de laboratorio y objetó aspectos del procedimiento de toma y conservación de las muestras.

La Cámara sostuvo que la ausencia de un perfil genético identificable no contradecía necesariamente el hallazgo microscópico de semen, dado que se trata de estudios diferentes y que la cantidad o calidad del material biológico puede impedir obtener un resultado genético concluyente. Los magistrados también descartaron irregularidades concretas en la cadena de custodia.

En paralelo, rechazaron la explicación defensiva según la cual la niña podría haber inventado el episodio para evitar un reto familiar por haber aceptado un chupetín. La resolución destacó que la menor había contado espontáneamente a su madre lo ocurrido con la golosina al salir de la escuela y que no recibió la reprimenda que, según esa hipótesis, habría motivado una falsa acusación.

Rechazo al pedido de aumento de pena

La querella, representada por Agustina Taboada y Matías Pautasso, había solicitado elevar la condena de 9 años y 6 meses a 18 años de prisión. Consideró que el juez de primera instancia había ponderado insuficientemente la edad de la víctima, el contexto escolar y el aprovechamiento de la función que desempeñaba el condenado, al tiempo que otorgó demasiado peso a las circunstancias atenuantes.

Los camaristas no hicieron lugar a ese planteo. Explicaron que algunas de las circunstancias invocadas para agravar la sanción, como la condición de encargado de la educación y la modalidad del abuso, ya están contempladas en la figura penal aplicada. Volver a utilizarlas para incrementar la pena implicaría valorar dos veces los mismos elementos. Además, señalaron que la ausencia de antecedentes penales debe ser considerada al determinar la sanción, conforme a las pautas previstas en el Código Penal.

De ese modo, el tribunal concluyó que la pena impuesta por Aguirre no resultaba arbitraria ni desproporcionada. Con el rechazo de ambos recursos, quedó confirmada la condena a nueve años y seis meses de prisión.

Denuncia por falso testimonio

La defensa de Tadeo Azcurra denunció penalmente por falso testimonio a la directora técnica del Laboratorio Químico Forense de Santa Fe, por sus declaraciones durante el juicio. La presentación cuestiona las explicaciones de la profesional sobre la controversia científica del caso: mientras el análisis bioquímico informó la presencia de numerosos espermatozoides en las muestras bucales de la niña, los estudios genéticos posteriores no lograron identificar un perfil de ADN masculino.

Según la versión de la defensa, la bioquímica intentó explicar durante el debate que se había detectado ADN masculino, aunque en una cantidad insuficiente para obtener un perfil genético. Sin embargo, sostiene que durante el contrainterrogatorio la especialista terminó reconociendo que no había encontrado indicadores de ADN masculino en las muestras examinadas.

Para los abogados de Azcurra, esa explicación no estaría respaldada por el informe genético. Por ese motivo, solicitaron preservar y revisar los archivos originales de los equipos utilizados en los análisis, con el objetivo de establecer qué resultados se obtuvieron efectivamente y determinar si pudo existir un error de laboratorio.

La investigación de la denuncia quedó inicialmente a cargo del fiscal Adrián Spelta y luego se incorporó también la fiscal Bárbara Ilera, según informó la defensa. El abogado Santiago Banegas asegura que desde hace meses reclaman el aseguramiento independiente de los archivos y el acceso a las actuaciones, y que realizaron reiteradas presentaciones, incluso ante la Fiscal General, sin obtener hasta el momento una respuesta favorable a sus pedidos.

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