A partir de una presentación de la CGT, la Justicia Laboral dictó una medida cautelar que frena la aplicación de una parte sustancial de la Ley de Modernización Laboral, al considerar que podría afectar derechos constitucionales.
Un juzgado nacional del trabajo dictó una medida cautelar que suspende de manera provisoria más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802), sancionada el pasado 27 de febrero. La decisión se tomó tras una presentación realizada por la CGT, cuyo planteo fue firmado por su triunvirato.
En su resolución, el magistrado advirtió sobre la posible «afectación de derechos constitucionales» y el riesgo de un «perjuicio inminente» para los trabajadores, fundamentando la medida en la «verosimilitud del derecho calificada». La suspensión regirá hasta que se dicte sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados, los cuales se vinculan principalmente con derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga.
Este es el cuarto pronunciamiento judicial en contra de aspectos de la reforma laboral en poco más de un mes. La semana pasada, el Juzgado Federal N° 2 de San Martín ordenó al Estado abstenerse de aplicar los artículos que limitaban la ultraactividad de los convenios y establecían nuevos topes a los aportes sindicales, a pedido de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).
Anteriormente, otros fallos habían declarado la inconstitucionalidad de un artículo referido a la actualización de deudas en juicios laborales y suspendido la transferencia del fuero laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
Las medidas cautelares buscan, según expresan los fallos, preservar la situación hasta un debate más amplio y una sentencia definitiva, evitando posibles afectaciones a los derechos laborales y al sistema de negociación colectiva.
