El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14 dictó una pena de prisión condicional al artista por el incendio en su departamento de Palermo, donde falleció un médico en 2022. La condena incluye una pena previa por abuso sexual.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) N°14 impuso hoy una condena de 3 años de prisión de ejecución condicional al artista Felipe Pettinato. La sentencia es por el incendio ocurrido en su departamento del barrio de Palermo, en la Ciudad de Buenos Aires, el 16 de mayo de 2022, donde falleció el médico neurólogo Melchor Rodrigo.
Pettinato fue considerado responsable del delito de «incendio culposo seguido de muerte». La pena unificada también incluye los 9 meses de prisión que se le habían fijado en abril de 2024 por un caso de abuso sexual simple. Los fundamentos completos de la decisión judicial se darán a conocer el próximo 27 de abril.
El tribunal, integrado por los jueces Enrique Gamboa, Gabriel Vega y Gustavo Valle, estableció que, por tres años, Pettinato tiene la obligación de fijar domicilio, someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y continuar con su tratamiento de desintoxicación y rehabilitación por consumo de drogas.
Además, se ordenó que, una vez firme el fallo, se obtenga y extraiga el perfil genético del condenado para ser remitido al Banco de Datos Genéticos, conforme a la Ley N°26.879 que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Durante el debate, la fiscalía, representada por el fiscal general Fernando María Klappenbach y el auxiliar Francisco Figueroa, había solicitado una pena de 4 años y 7 meses de prisión. El fiscal consideró que Pettinato manipuló de manera negligente un encendedor, lo que derivó en el incendio y la posterior muerte del doctor Rodrigo. Sin embargo, la prueba no permitió establecer que el incendio fuera provocado de forma deliberada.
