En un fallo histórico, la Justicia bonaerense condenó a 20 años de prisión a un hombre privado de la libertad por abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico, al considerar la coacción digital sobre una menor de 12 años.
En un fallo que sienta jurisprudencia, la Justicia de la Provincia de Buenos Aires condenó a Orlando Novillo a 20 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, sin que existiera contacto físico entre la víctima y el victimario. Es la primera sentencia en la que un tribunal considera la coacción ejercida sobre una menor de edad a través de medios digitales como constitutiva de abuso sexual con acceso carnal.
La sentencia fue dictada por el Tribunal en lo Criminal N°4, integrado por los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez. Novillo, que ya cumplía una condena de 8 años en el penal de Florencio Varela, fue hallado culpable de una serie de abusos reiterados contra una niña de 12 años, a quien captó mediante redes sociales como Messenger, Facebook e Instagram.
Según la investigación, entre 2020 y 2023, Novillo utilizó engaños y amenazas para obligar a la menor a realizar actos sexuales sobre su propio cuerpo, bajo su control remoto. Los jueces consideraron que “el acto de índole sexual fue efectuado por la víctima en su propio cuerpo a partir de precisas y lesivas exigencias coactivas desarrolladas por el imputado”.
Hernán Navarro, presidente de Grooming Argentina, celebró el fallo y señaló que “es un cambio trascendental porque considera la coacción y al cuerpo como un instrumento para actos sexuales. Ahí se constituye el abuso sexual digital”.
Además del abuso sexual, Novillo fue condenado por promoción de la corrupción de menores, tenencia de material de abuso sexual infantil, extorsión, amenazas y defraudaciones mediante el uso de tarjetas de crédito. La víctima, que tenía 12 años al inicio de los hechos, logró salir de la situación cuando confió en una docente de danza, quien activó los protocolos judiciales en febrero de 2023.
Los fiscales Claudio Oviedo y Marisa Monti destacaron que el reo logró controlar la voluntad de la menor mediante un trato psicopático y coactivo durante más de tres años, configurando un “verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital”.
