Usuarios de billeteras virtuales en Argentina reportan llamadas y mensajes a familiares, amigos y compañeros de trabajo de personas con deudas. Abogados consultados indican que la práctica podría violar la Ley de Defensa del Consumidor y la de Protección de Datos Personales.
En las últimas semanas, se registraron reclamos y denuncias de usuarios de billeteras virtuales en Argentina por una modalidad de cobro implementada por estudios jurídicos e intermediarios contratados por Mercado Pago. Según los reportes, estos agentes contactan directamente a familiares, amigos y compañeros de trabajo de personas con saldos deudores o cuotas vencidas.
El mecanismo de reclamo consiste en el envío de mensajes de WhatsApp, correos electrónicos y llamadas telefónicas a números de personas no vinculadas al crédito. En algunos casos, los mensajes incluyen montos adeudados y detalles de la morosidad, según consta en las denuncias difundidas en redes sociales.
Marco legal citado por especialistas
Abogados especialistas en derecho del consumidor señalaron que esta práctica podría contravenir dos normas nacionales:
- Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240), artículo 8 bis: prohíbe métodos de cobro que sometan al deudor o a terceros a situaciones vergonzantes, intimidatorias u hostiles.
- Ley de Protección de Datos Personales (N° 25.326): prohíbe el procesamiento y divulgación de información privada sin consentimiento expreso, y establece que terceros no están obligados a responder por deudas ajenas.
Responsabilidad de la plataforma
Si bien es práctica habitual que las entidades financieras tercericen la gestión de mora, los especialistas indican que la empresa contratante podría ser responsable solidaria por los métodos utilizados por las agencias externas. El cruce de bases de datos o la presión sobre contactos del deudor son acciones que la legislación argentina sanciona.
