Obra social de trabajadores rurales debe cubrir audífonos a una afiliada y sus dos hijos

La Justicia Federal de Rosario ordenó a la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina la cobertura de audífonos para una afiliada y sus dos hijos, todos con diagnóstico de hipoacusia neurosensorial bilateral.

La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA) la cobertura de audífonos para una afiliada y sus dos hijos. La información fue publicada por el periodista Alberto Furfari en el sitio Versión Rosario.

La madre, en representación propia y de sus hijos, presentó una acción de amparo para que la demandada proceda a brindar la cobertura integral de un audífono marca Oticon Jet Px 1 Mini Rite recargable para ambos oídos para ella; un audífono marca Oticon Play PX 2 Mini BTE recargable para el hijo mayor; y el mismo modelo para el hijo menor, según lo prescripto por la médica tratante.

Los tres cuentan con Certificado Único de Discapacidad emitido por la Provincia de Santa Fe por diagnóstico de “Hipoacusia neurosensorial bilateral”.

La mujer, patrocinada por la abogada Natalia Garraza, afirmó que en función de la patología que presentan requieren el uso de aparatos auditivos para poder escuchar, y que se comunicó en reiteradas oportunidades con la obra social para solicitar los audífonos sin obtener respuesta favorable. Sostuvo que en febrero envió tres telegramas intimando a la cobertura.

Agregó que luego recibió un correo electrónico de la obra social solicitando documentación (pedido médico actualizado, historia clínica y estudios médicos de cada uno), la cual acompañó, pero que a la fecha de interposición de la demanda no obtuvo respuesta.

Señaló que sus hijos tienen 6 y 13 años, están en pleno proceso de alfabetización, y que la falta de uso de los audífonos les genera un perjuicio social y educativo, colocándolos en una situación de vulnerabilidad.

El juez Carlos Villafuerte Ruzo destacó que resulta aplicable la Ley 25415, que crea el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia, cuyo artículo 3 dispone que las obras sociales y entidades de medicina prepaga deben brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en dicha ley, incorporadas al Programa Médico Obligatorio.

En el fallo, el juez agregó que la Supervisora de la Unidad de Defensa de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Capacidad Jurídica Limitada de la Jurisdicción de Rosario dictaminó que, al estar en juego los derechos de los niños a la salud, integridad y calidad de vida, debía admitirse la medida cautelar y, en su oportunidad, la acción de amparo.

Más Noticias

Noticias
Relacionadas

Rosario celebra los 30 años del proyecto Ciudad de las Niñas y los Niños con una función especial en el Lumière

El jueves 13 de agosto se proyectará en el Cine Lumière el documental 'La ciudad de los niños. La utopía de Francesco Tonucci', con entrada gratuita, en el marco de los 30 años del proyecto.

La minería cerró el semestre con récord de producción

El IPIM aumentó 8,4% en el primer semestre de 2026 según el INDEC, impulsado por petróleo no convencional y litio. Servicios de apoyo y materiales tradicionales retrocedieron.

El Litoral cumple 108 años: 10 hechos que marcaron la historia de Santa Fe

Diario El Litoral celebra su 108° aniversario. Repasamos 10 hitos históricos de Santa Fe, desde el Puente Colgante hasta la reforma constitucional de 2025.

Adiur recibe a San Jorge en el Viaducto Avellaneda por el pase a la tercera ronda del Regional Amateur

Adiur recibe a San Jorge este viernes a las 19 en el Viaducto Avellaneda. Con la ventaja de la ida (5-3), las rosarinas buscan clasificar a la tercera ronda del Regional Amateur.